miércoles, 08 de septiembre de 2010  * Presentación  
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EL COLEGIO


El artículo 36 de la Constitución Española reconoce a los Colegios Profesionales como Corporaciones de Derecho Público con plena personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus facultades.


De acuerdo con la vigente Ley de Colegios Profesionales sus fines esenciales son la ordenación del ejercicio de la profesión, la representación exclusiva de la misma así como la defensa de los intereses profesionales.


El Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Extremadura se constituyó el 19 de Octubre de 1953. Está compuesto por las Delegaciones de Badajoz y Cáceres y, en la actualidad, lo integran más de 300 colegiados.


Para el ejercicio de la profesión es preciso que los Ingenieros Agrónomos se den de alta en el Colegio cuya demarcación coincida con su domicilio profesional habitual.


El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, con sede en Madrid, es el órgano representativo y coordinador superior de todos los Colegios .

 


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